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¿Sabías que una obra nueva en España tiene varias garantías legales que protegen al comprador? Gracias a la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE – Ley 38/1999), los propietarios pueden exigir responsabilidades ante ciertos defectos tras la entrega. En este artículo, te explicamos de forma clara qué plazos y coberturas existen, quién es el responsable y cómo reclamar.

Tipos de garantías según la LOE

Garantía de 1 año: Acabados

Esta garantía cubre defectos visibles en pintura, puertas, alicatados o suelos.

  • Responsable: Constructor.

  • Plazo: 1 año desde la entrega (acta de recepción).

  • Ejemplo: Desconchados o fisuras en la pintura interior.

Garantía de 3 años: Habitabilidad

Afecta a problemas como humedades, filtraciones o fallos eléctricos que impidan un uso normal de la vivienda.

  • Responsables: Poryectistas, constructor, promotor, según el caso.

  • Plazo: 3 años desde la recepción.

  • Ejemplo: Goteras por falta de impermeabilización.

Garantía de 10 años: Estructura

Protege frente a fallos graves en la estructura, como en la cimentación o muros de carga.

  • Responsables: Promotor, proyectistas y dirección de obra.

  • Plazo: 10 años desde la recepción.

  • Ejemplo: Hundimientos o grietas que comprometan la estabilidad del edificio.


Seguro decenal obligatorio

En los edificios de uso residencial, el promotor debe contratar un seguro decenal antes de entregar la obra.

  • Qué cubre: Daños estructurales durante 10 años.

  • Obligatorio para: Edificios residenciales nuevos.

  • Contrata: El promotor.


¿Cómo reclamar un defecto?

  1. Detecta el problema: Haz fotos y recaba pruebas.

  2. Comunícalo por escrito al responsable.

  3. Si no hay respuesta, acude a un perito o abogado especializado.

  4. Tienes que reclamar dentro del plazo legal de cada garantía.


Consejos adicionales

  • Mantenimiento: El propietario debe cuidar el edificio. Si no se realiza el mantenimiento adecuado, puede perder el derecho a reclamar.

  • Contrato de obra: Puede incluir garantías más amplias que las mínimas legales.

  • Documentación: Guarda siempre el acta de recepción y cualquier certificado de garantía.

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